Importante garantizar pensiones alimentarias justas para las niñas, niños y adolescentes: Dip. Ernestina Castro.

Especial /    2025-05-12
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Hermosillo, Sonora; 12 de mayo de 2025.- Para establecer el cálculo de pensiones alimenticias provisionales en casos donde se desconozca el ingreso del deudor, la diputada Ernestina Castro Valenzuela, propone que las retribuciones se calculen por salarios mínimos en lugar de Unidades de Medida y Actualización (UMA), en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.

La iniciativa que fue turnada a la Comisión para la Igualdad de Género, reforma el artículo 521, fracción tercera del Código de Familia del Estado de Sonora.

La diputada morenista subrayó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que la pensión alimenticia debe fijarse tomando como referencia el salario mínimo y no la Unidad de Medida y Actualización (UMA), al considerar que el primero refleja mejor la naturaleza y finalidad de dicha prestación.

“Cuando no sea posible determinar el ingreso del deudor alimentario y la persona acreedora no proporcione información sobre su situación económica, la autoridad judicial deberá fijar de inmediato una pensión provisional de 16 salarios mínimos mensuales para un solo acreedor alimentario, aumentando en 10 salarios mínimos por cada acreedor adicional. Asimismo, en reconocimiento de la mayor vulnerabilidad de las personas con discapacidad, se prevé que dicho monto se incremente a 26 salarios mínimos”, destacó.

Castro Valenzuela reiteró que la iniciativa vela por proteger y garantizar los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes, al establecer que el pago de pensión semanal por hija o hijo sea de al menos mil 115 pesos. Cuando se trate de una persona con discapacidad se concederán 7 mil 248 pesos mensuales.

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